¿Cuál es la definición de una persona con trastorno mental?
Conforme a la resolución 002417 de 1992 del Ministerio de Salud de Colombia (hoy Ministerio de la Protección Social) la persona con trastorno mental es aquel sujeto, niño o adulto que por razones orgánicas o no presenta alteración en su pensamiento, afecto, juicio, raciocinio y conducta que le impide su libre autodeterminación y el adecuado desarrollo de relaciones interpersonales y vida en comunidad, ya sea en forma temporal o definitiva.
¿Quienes se ven afectados por los trastornos mentales?
De acuerdo al Estudio Nacional de Salud Mental en Colombia en el año 2003, mostró que 40 de cada 100 personas han presentado un trastorno mental durante su vida. 16 de cada 100 personas en los últimos 12 meses y aproximadamente 7 de cada 100 colombianos han tenido un trastorno mental en los últimos 30 días.
¿Cuáles son los trastornos más frecuentes en la población Colombiana?
Según el Estudio Nacional de Salud Mental en el 2003 los trastornos de ansiedad ocupan el primer lugar con un 19.3% de la población, seguido de los trastorno afectivos (depresión, trastorno bipolar) en el 15% y los trastornos por uso de sustancias en el 10.6% de la población colombiana.
¿Cuáles son los derechos de las personas con trastorno mental?
La resolución 002417 de 1992 del Ministerio de Salud, adopta los derechos de las personas con trastorno mental, la cual se aplica en todas la entidades que, en los términos del artículo 5º de la ley 10 de 1990, forman parte del sector salud. Los derechos son los siguientes:
Derecho del enfermo mental a ser tratado en todo momento con el respecto y la dignidad propia de su condición de persona.
Derecho a no ser calificado como enfermo mental, ni ser objeto de diagnóstico o tratamiento en esa condición, por razones políticas, sociales, raciales, religiosas u otros motivos distintos o ajenos al estado de salud menta
Derecho a recibir la atención y el tratamiento apropiado, según las más elevadas normas técnicas y éticas.
Derecho a ser informado sobre su diagnóstico y el tratamiento más adecuado y menos riesgoso y, de prestar o revocar su consentimiento para ejecutarlo.
Derecho a no ser objeto a pruebas clínicas ni de tratamientos experimentales, sin su consentimiento informado.
Derecho a que sus antecedentes personales, fichas e historias clínicas se mantengan en reserva y a tener acceso a esa información
Derecho a recibir o rechazar auxilio espiritual o religioso.
Derecho a no ser discriminado en el goce y ejercicio de sus derechos, en atención al estado de su salud mental.
¿Quién garantiza estos derechos a los pacientes con trastornos mentales?
La garantía de los derechos de las personas con trastornos mentales le corresponde a las autoridades sanitarias de cualquier orden territorial y, en especial a los comités de ética hospitalaria de que trata la resolución 13437 de 1991.